Registro de Marcas ante el INPI

¿Qué es una marca?

Es un signo distintivo mediante el cual los productores, comerciantes o proveedores de productos o servicios
diferencian sus productos o servicios en el mercado.

Institución que interviene: Instituto Nacional de la Propiedad Industrial.

Marco legal Ley Nº22362.

El costo del trámite: es de $ 17.680.

Vigencia: 10 años.

Plazo para obtenerla: 24 MESES y es 100% DIGITAL.

Su principal función es permitir a los consumidores identificar el producto o el servicio de una persona o empresa, a fin de distinguirlo de los de la competencia. Los consumidores que están satisfechos con determinados productos o servicios son más propensos a comprarlos o contratarlos nuevamente Para ello, resulta necesario que puedan destacarlos en el mercado.

Al permitir diferenciar unas empresas de otras y los productos o servicios de los de la competencia, las marcas desempeñan un papel primordial en las estrategias de desarrollo y comercialización, ya que ayudan a proyectar la imagen y la reputación de los productos o servicios de la empresa ante los consumidores.

Denominativas: compuestas única y exclusivamente por palabras, letras o números y sus combinaciones.

Figurativas: constituidas únicamente por elementos figurativos desprovistos de letra/s y/o número/s. Son los símbolos gráficos, dibujos y logotipos.

Mixtas: combinan elementos denominativos y figurativos a la vez o elementos nominativos cuya grafía se presente de forma estilizada, no estándar.

Tridimensionales: consisten en un formato tridimensional que remite a la forma del producto, la de sus envases o envolturas. Dicha forma no puede registrarse como marca si deriva exclusivamente de la naturaleza del producto.

Sonoras: melodías o acordes distintivos que puedan representarse gráficamente.

Movimientos: desplazamiento o recorrido de determinados objetos.

Olfativos: fragancias que no deben ser un atributo inherente o una cualidad natural del producto, sino una característica aportada por el solicitante.

Otros: de posición, táctil, combinación de colores, ropaje de negocio.

Garantiza al titular la propiedad de la misma: lo habilita a ejercer todas las defensas necesarias para impedir que terceros, sin autorización, comercialicen productos o servicios idénticos con la misma marca o utilizando una denominación tan similar que pueda crear confusión.

El registro también protege contra imitaciones parciales, ya sea de nombres, palabras, signos o frases publicitarias, como así también de sus dibujos y colores.

Nombres, palabras y signos que constituyen la designación necesaria o habitual del producto o servicio a distinguir, o que sean descriptivos de su naturaleza, función, cualidades u características.

Los nombres, palabras, signos y frases publicitarias que hayan pasado al uso general antes de su solicitud de registro.

La forma necesaria del producto.

El color natural o intrínseco de los productos o un solo color aplicado sobre los mismos.

Una marca idéntica o similar a una registrada o solicitada con anterioridad para distinguir los mismos productos o servicios.

Las denominaciones de origen nacionales o extranjeras. Se entiende por denominación de origen el nombre de un país, de una región, de un lugar o área geográfica determinados que sirve para designar un producto originario de ellos, y cuyas cualidades y características se deben exclusivamente al medio geográfico. También se considera denominación de origen la que se refiere a un área geográfica determinada para los fines de ciertos productos.

Las marcas que sean susceptibles de inducir a error respecto de la naturaleza, propiedades, mérito, calidad, técnicas de elaboración, función, origen, precio u otras características de los productos o servicios a distinguir.

Las palabras, dibujos y demás signos contrarios a la moral y a las buenas costumbres.

Las letras, palabras, nombres, distintivos, símbolos que usen o deban usar la Nación, las provincias, las municipalidades, las organizaciones religiosas y sanitarias.

Las letras, palabras, o nombres usados por naciones y organismos extranjeros.

Internacionales reconocidas por el Gobierno argentino.

El nombre, seudónimo o retrato de una persona sin su consentimiento o el de sus herederos (hasta el cuarto grado inclusive).

Las designaciones de actividades, incluyendo nombres y razones sociales, descriptivas de una actividad, para distinguir productos. Sin embargo, las siglas, palabras y demás signos con capacidad distintiva, que formen parte de aquellas, podrán ser registradas para distinguir.

El registro de una marca le garantiza al titular la propiedad, lo cual lo habilita a ejercer todas las defensas necesarias para impedir que terceros, sin autorización, comercialicen productos idénticos con la misma marca o utilizando una denominación tan similar que pueda crear confusión.

El registro también protege contra imitaciones parciales, ya sea de nombres, palabras, signos o frases publicitarias, como así también de sus dibujos y colores.

El titular de la marca puede autorizar su uso a terceros mediante contratos de licencia, tanto exclusivo como no exclusivo; venderlas en forma total o parcial por productos u obtener créditos ofreciéndolas en garantía con registro de prenda.