Defensa del Consumidor realizó actas por infracción a dos reconocidas empresas, en busca de garantizar los derechos de los consumidores y usuarios.

Desde el Gobierno de Jujuy se trabaja para garantizar el estricto cumplimiento de los derechos de los consumidores, por ese motivo Defensa del Consumidor notificó a dos empresas sobre el incumplimiento de artículos que conforman la Ley Nº 24240.

Así lo hizo saber el titular de la Oficina de Defensa del Consumidor, Luciano Tula, quien destacó “nuestro trabajo es priorizar los derechos de los consumidores y usuarios, y en ese sentido es que actuamos de oficio ante una empresa que brinda servicios financieros de calle Alvear que incumple con el artículo 8 bis de la Ley 24240”.

El mismo, precisó, hace hincapié en el trato digno, estableciendo que los proveedores deben garantizar condiciones de atención y trato digno y equitativo a los consumidores y usuarios. Asimismo, deben abstenerse de desplegar conductas que coloquen a los consumidores en situaciones vergonzantes, vejatorias o intimidatorias.

“Hemos detectado y confirmado que en dicha empresa los clientes realizan largas filas en la vereda, lo que sin duda incumple con este artículo y, por lo tanto, nuestro equipo de inspectores procedió a realizar el acta de inspección”, explicó el funcionario. En ese orden, señaló que la firma tiene cinco días hábiles para realizar el descargo correspondiente, constituir domicilio legal, acreditar representación y personería jurídica.

“Tenemos que esperar que se cumplo el tiempo establecido por Ley, una vez vencido el plazo, se emite dictamen legal y si corresponde, se aplica sanción”, sostuvo Tula y mencionó que las sanciones van desde el apercibimiento, multa de 100 a 5 millones de pesos y hasta clausura. Por otro lado, el director informó que se labró un acta de inspección digital a la Distribuidora Oficial de Panini en Argentina, sobre el producto Álbum de Figuritas – Colección Oficial, FIFA World Cup Qatar 2022, por el cual se constata que la comercialización del mismo, se encuentra en una presunta infracción. Esto se debe a que en el producto mencionado, en su carilla sin número, seguida de la pagina 77 fwc, se observan ocho recuadros diseñados para ser competados con figuritas comercializadas por el mismo proveedor, presuntamente obtenibles con promoción de Coca Cola Company. De la misma, no surge información alguna sobre el modo ni los medios para obtenerlas.

Asimismo, se constata que en la web https://www.cocacoladeargentina.com.ar/novedades/promocion-panini-argentina, se informa que los ocho stickers coleccionables “especiales” se adquieren únicamente mediante la compra de una gaseosa sin azúcar de 2.25 litros o 2.50 litros no retornable. En tal sentido, se procede a labrar el acta por presunta violación a los artículos 4 de la Ley 20240, artículo 1099 y 1100 del Código Civil y Comercial de la Nación.

“Este tipo de accionar está atentado contra los derechos de los consumidores por cuanto obliga a tener que consumir un producto para obtener los stickers necesarios para completar el álbum. Por eso, procedimos a labrar el acta”, por lo que la firma mencionada tendrá un plazo de 5 días hábiles para realizar su descargo. A modo de cierre, el funcionario remarcó “nuestro objetivo es que se garanticen los derechos de los consumidores y para ello estamos trabajando”.